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Artículo 10 de la Ley 10.509

Fija nueva planta de grados y sueldos de los servicios que indica de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26422 / 8885096.

Texto oficial

Artículo 10. Los cargos de radiotelegrafistas serán proveídos por la Dirección General de Correos y Telégrafos por concurso de competencia, previa presentación de antecedentes, y se ingresará al Servicio en el último grado del respectivo escalafón.