Texto oficial
Artículo 12. La designación de reemplazantes en los Servicios de Correos y Telégrafos será hecha por resolución del Director General y no regirá para estos casos la limitación señalada en el artículo 33 de la ley N.° 8,282.
Fija nueva planta de grados y sueldos de los servicios que indica de la administración publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26422 / 8885098.