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Artículo 55 de la Ley 10.509

Fija nueva planta de grados y sueldos de los servicios que indica de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26422 / 8885141.

Texto oficial

Artículo 55. Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo: a) Reemplázase el artículo 645 por el siguiente: "La Dirección General del Trabajo se dividirá en 5 Departamentos que se denominarán: a) Departamento Administrativo; b) Departamento de Inspección: c) Departamento Jurídico; d) Departamento de Organizaciones Sociales, y e) Departamento Nacional de Colocaciones". b) Reemplázase el artículo 646 por el siguiente: "El Departamento Administrativo constará de las siguientes secciones: a) Sección Personal; b) Sección Publicaciones y Biblioteca; c) Oficina de Partes y Archivo General; d) Sección Materiales, y e) Sección Estadística." c) Reemplázase la letra c) del artículo 649, por la siguiente: "c) Sección Control de Contabilidades y Presupuestos Sindicales".