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Artículo UNICO de la Ley 10.544 · Fija nueva formula para el juramento a la bandera que deben hacer las fuerzas armadas.

Fija nueva formula para el juramento a la bandera que deben hacer las fuerzas armadas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26440 / 5968488.

Texto oficial

"Artículo único. Las Fuerzas Armadas para el juramento a la Bandera se atendrán a la siguiente fórmula: "Yo, (nombre, grado, etc.) juro por Dios y por esta Bandera, servir fielmente a mi Patria, ya sea en mar o en tierra o en cualquier lugar, hasta rendir la vida si fuese necesario; cumplir con mis deberes y obligaciones militares, conforme a las leyes y reglamentos vigentes; obedecer con prontitud y puntualidad las órdenes de mis superiores y poner todo empeño en ser un soldado valiente, honrado y amante de mi Patria".