Texto oficial
Artículo 7.o Los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias deberán ser depositados en la Cuenta de Depósitos Fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos".
La Municipalidad de Mincha deberá consultar en su presupuesto anual en la partida de ingresos extraordinarios los recursos que produzca la contratación del o los préstamos y en la partida de egresos extraordinarios las inversiones hechas de acuerdo con el plan autorizado en el artículo 3.o de esta ley.