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Artículo 1 de la Ley 4.769 · Ley núm. 4,769

Ley núm. 4,769

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264441 / 9054178.

Texto oficial

Artículo 1.o El Ministerio de Relaciones Exteriores se denominará en lo sucesivo "Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio", y constará de dos Subsecretarías: la de Relaciones Exteriores y la de Comercio.