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Artículo TRANSITORIO de la Ley 4.769 · Ley núm. 4,769

Ley núm. 4,769

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264441 / 9054184.

Texto oficial

Artículo transitorio. Reemplázase la partida 05/01/01 del Presupuesto correspondiente al año 1930, desde la glosa que se refiere al sueldo del Agente Comercial de primera clase, por las letras A) y B) del artículo 2.o de la presente ley. El exceso de gastos que resulta del artículo segundo, se imputará al mayor superávit obtenido en 1929, con respecto a la cifra con que este superávit figura en el cálculo de entradas para 1930.