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Artículo 21 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264452 / 9006122.

Texto oficial

Art. 21. Corresponde al oficial de partes: Sellar i remitir la correspondencia oficial i enviar a las oficinas i funcionarios respectivos las demas piezas que se tramiten en el Departamento. Llevar los libros que el Reglamento de la oficina le encargue. Suministrar a los interesados los datos que soliciten sobre los asuntos en que tengan interes, en conformidad a las instrucciones que le imparta el subsecretario. Remitir a su destino las copias de las piezas que hayan de publicarse en el Diario Oficial i en el Boletín de las Leyes i Decretos del Gobierno, previo el visto-bueno del jefe de la oficina.