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Artículo 2 de la Ley 10.619

Modifica la ley n.o 7,161, relacionada con reclutamiento y ascensos en las fuerzas armadas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26452 / 5968542.

Texto oficial

Artículo 2.o Los Empleados Militares, Navales y de Aviación pasarán a tener la nueva denominación que se les otorga en el artículo 109 modificado por esta ley, de acuerdo con la asimilación que actualmente invisten y sin necesidad de nuevo nombramiento.