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Artículo 55 de la Ley 10.814 · Fija nueva ley orgánica de la caja nacional de ahorros

Fija nueva ley orgánica de la caja nacional de ahorros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26487 / 8819751.

Texto oficial

Artículo 55 (53). Desde la fecha de vigencia de la presente ley serán aplicables a las deudas hipotecarias de los empleados en servicio activo y jubilados de la Caja Nacional de Ahorros y de la Caja de Previsión y Estímulo del Personal de la Caja Nacional de Ahorros, en favor de este último organismo, las disposiciones de la ley N.o 5,036, de 22 de Enero de 1932, sobre rebaja de contribuciones a los bienes raíces.