Texto oficial
"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República, por el plazo de un año, para reincorporar al Cuerpo de Carabineros al ex-subteniente don Diocles Mendoza Bustos.
Esta reincorporación no dará derecho a impetrar beneficios por el tiempo que el afectado estuvo alejado del Servicio.
El beneficiario ocupará el último lugar en el escalafón de los Oficiales de su grado".