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Artículo UNICO de la Ley 11.011

Autoriza al presidente de la república para reincorporar al cuerpo de carabineros al ex oficial don diocles mendoza b.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26512 / 8279153.

Texto oficial

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República, por el plazo de un año, para reincorporar al Cuerpo de Carabineros al ex-subteniente don Diocles Mendoza Bustos. Esta reincorporación no dará derecho a impetrar beneficios por el tiempo que el afectado estuvo alejado del Servicio. El beneficiario ocupará el último lugar en el escalafón de los Oficiales de su grado".