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Artículo 3 de la Ley 11.051 · Dispone el pago de asignacion familiar directamente a la mujer.

Dispone el pago de asignacion familiar directamente a la mujer.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26517 / 5968845.

Texto oficial

Artículo 3.o Establécese, en favor de la mujer empleada, el beneficio de la asignación familiar por su marido inhabilitado física o mentalmente para el trabajo que viva a sus expensas.