Texto oficial
"Artículo 1.o El Servicio Nacional de Salud invertirá la suma de cien millones de pesos ($ 100.000.000) en la adquisición de acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios para que ésta construya y habilite en la ciudad de Santiago un hospital para el diagnóstico y tratamiento del cancér y enfermedades similares.
El Presidente de la República pondrá a disposición del Servicio Nacional de Salud la cantidad mencionada.