Texto oficial
Artículo 11º.- La Universidad podrá establecer relaciones
institucionales de colaboración con otras entidades
nacionales, interna-cionales o extranjeras, en el ámbito de
sus funciones universitarias.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 153, de 1981, que establece los estatutos de la universidad de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 265232 / 8457706.