Texto oficial
Artículo 13°.- Son académicos quienes tienen un
nombramiento vigente y una jerarquía académica en la
Universidad de Chile, conforme a las normas del Título IV
de este Estatuto.
Sin perjuicio de las tareas y responsabilidades de los
órganos internos de la Universidad y del resto de la
comunidad universitaria, el estamento de académicos tiene
un rol primordial en el cumplimiento de las funciones
fundamentales de la Universidad de Chile y, por lo tanto, en
la deliberación, diseño y aplicación en las políticas
institucionales, con arreglo a los mecanismos y
procedimientos previstos en este Estatuto.