Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 11.122

Autoriza a la municipalidad de la comuna de quinta de tilcoco para contratar un emprestito en las condiciones y por la suma que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26554 / 8279244.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Quinta de Tilcoco para contratar directamente con la Caja Nacional de Ahorros, con otras instituciones de crédito o particulares uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de $ 700.000, a un interés no superioral 10 % anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 7 años.