Texto oficial
POR TANTO,
y en uso de la facultad que me confiere el artículo 5º del decreto ley Nº 247, de 17 de Enero de 1974, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto en todas sus partes como Ley de la República, publicándose copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de mi Despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el Departamento de Relaciones Exteriores, en Santiago, Chile, a veintiún días del mes de Febrero del año mil novecientos ochenta.