Texto oficial
Artículo 2.o Los saldos de la presente ley que no alcancen a ser invertidos al 31-XII-952 quedarán en "Obligaciones por cumplir" y podrán ser invertidos durante el año 1953".
Efectua traspasos en el presupuesto de guerra para 1952
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26566 / 5969031.