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Artículo 2 de la Ley 11.155

Agrega una plaza de embajador extraordinario y plenipotenciario, primera categoria, en el item que indica del presupuesto del ministerio de relaciones exteriores, correspondiente a 1953.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26572 / 5969053.

Texto oficial

Artículo 2.o Impútese el mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley a los sobrantes que se produzcan en el ítem 06/01/12, planta suplementaria del Ministerio de Hacienda".