Texto oficial
Art. 68.o Los ciudadanos de diecinueve a cuarenta y cinco años de edad, que sin causa justificada no concurrieren a los llamados de movilización, sufrirán la pena de presidio menor en su grado máximo.
Fija el texto refundido de la ley de reclutamiento
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26576 / 8279338.