Texto oficial
Artículo 11.o.- El Presidente de la República ordenará la publicación de los Códigos modificados por la presente ley, incorporando en su texto respectivo las modificaciones que se les hayan introducido hasta le fecha".
Introduce las modificaciones que indica en el código de procedimiento civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26581 / 7173567.