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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.269 · Agrega inciso al articulo 18 de la ley n.o 4,808, de fecha 10 de agosto de 1930

Agrega inciso al articulo 18 de la ley n.o 4,808, de fecha 10 de agosto de 1930

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26631 / 5969267.

Texto oficial

Artículo transitorio. La Dirección General del Registro Civil e Identificación procederá a devolver inmediatamente a los respectivos juzgados los expedientes que se encuentren en la situación prevista en el artículo anterior.