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Artículo 1 de la Ley 11.287

Autoriza a la municipalidad de casablanca para contratar un prestamo hasta por la suma de $ 3.000.000.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26638 / 8279440.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Casablanca para contratar directamente uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de $ 3.000.000, a un interés no superior al 10 % anual y una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de 10 años.