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Artículo 3 de la Ley 11.287

Autoriza a la municipalidad de casablanca para contratar un prestamo hasta por la suma de $ 3.000.000.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26638 / 8279442.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los préstamos se invertirá por la Municipalidad de Casablanca en la siguiente forma: a) Para la construcción de la población obrera municipal de Casablanca en forma de préstamo a los poseedores de sitios en el loteo hecho por esa Municipalidad _____ $ 1.700.000.- b) Para el saneamiento del pueblo, especialmente del barrio obrero "Las Lagunas" __________________ 700.000.- c) Para pagar la expropiación de los terrenos necesarios para prolongar la calle Yungay hasta la calle Bernardo O'Higgins ________ 400.000.- d) Para mejoras en el Estadio Municipal _________________ 200.000.- _______________ Total _________________ $ 3.000.000.- ===============