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Artículo 2 de la Ley 11.305

Autoriza a la municipalidad de pelarco para transferir gratuitamente al fisco el retazo de terreno que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26644 / 8279457.

Texto oficial

Artículo 2° En el terreno que se transfiere por la presente ley se construirá un edificio destinado a Retén de Carabineros. Si el Retén de Carabineros no estuviere terminado en el plazo de tres años, el terreno que se transfiere al Fisco por esta ley volverá de pleno derecho al dominio de la Municipalidad de Pelarco".