Texto oficial
Artículo 2° En el terreno que se transfiere por la presente ley se construirá un edificio destinado a Retén de Carabineros.
Si el Retén de Carabineros no estuviere terminado en el plazo de tres años, el terreno que se transfiere al Fisco por esta ley volverá de pleno derecho al dominio de la Municipalidad de Pelarco".