Texto oficial
Artículo 3º.- Suprímese, en el inciso segundo del artículo 430 del Código del Trabajo, la oración "Excepcionalmente y por resolución fundada, podrá ser practicada por Carabineros de Chile.".
Modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de carabineros de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 266462 / 8376436.