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Artículo 5 de la Ley 11.469

Fija el texto refundido de la ley sobre estatuto de los empleados municipales de la república

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26657 · idParte: 8846331

Texto oficial

Artículo 5.o Tendrán el carácter de propietarios los nombrados para ocupar permanentemente un empleo que figure en la planta de la Municipalidad. Son interinos los empleados nombrados en empleos vacantes, mientras se les provee en propiedad. Son empleados suplentes o reemplazantes los nombrados para ocupar un empleo durante la ausencia o impedimento temporal del propietario o interino. Es subrogante el empleado que reemplaza a otro por el solo ministerio de la ley o de los reglamentos internos de la Municipalidad.