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Artículo 4 transitorio de la Ley 11.469

Fija el texto refundido de la ley sobre estatuto de los empleados municipales de la república

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26657 / 8846405.

Texto oficial

Artículo 4.o Ninguna vacante de empleado u obrero del último grado de las Municipalidades con más de diez empleados podrá ser proveída mientras éstas no se encuadren en los porcentajes establecidos en los artículo 32.o y 35.o de la Ley sobre Estatuto de los Empleados Municipales y artículo 109 de la Ley Orgánica de Municipalidades. El precepto anterior no regirá para la provisión de cargos técnicos.