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Artículo 7 de la Ley 11.488

Autoriza a la municipalidad de quillon para contratar directamente con el banco del estado un prestamo hasta por la cantidad que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26669 / 8279469.

Texto oficial

Artículo 7° La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad o de la cabecera del departamento, si allí no lo hubiere, un estado del servicio del préstamo".