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Artículo 8 de la Ley 11.498

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1954. impresiones y subscripciones a revistas; comisiones de servicios, instalacion y uso de telefonos con cargo a fondos fiscales, ordenes de pasajes y fletes, prohibicion de contratar empleados al item de jornales o a los fondos depositados por particulares para determinado objeto, establece que el derecho de alimencion de que goza el personal de los establecimientos educacionales del estado no se extendera a su familia, con la excepcion que indica, creacion de nuevos establecimientos de educacion o modificacion de su clasificacion; porcentaje de gratificacion de zona, traslado de empleados de la planta suplementaria, uso de automoviles fiscales e intervencion que, en este sentido, le corresponde a la contraloría general de la república y a la direccion general de aprovisionamiento del estado, recargo con que se pagaran los derechos de internacion y otros que se perciben por las aduanas, en los casos que indica, adquisiciones que efectue la direccion general de aprovisionamiento del estado en el exterior, anticipo por concepto de cambio de residencia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26676 / 9043724.

Texto oficial

Artículo 8.o Fíjanse para el año 1954 los siguientes porcentajes de gratificación de zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del D.F.L. N° 256, de 29 Julio de 1953, y el artículo 10.o de la ley N.o 9,963, de 7 de Febrero de 1952, para el personal radicado en los siguientes lugares: PROVINCIA DE TARAPACA_________________________ 30% El personal que preste sus servicios en el departamento de Arica_______________________ 40% El personal que preste sus servicios en los Retenes "La Palma", San José y Negreiros; en Visviri, Putre, Villa Industrial, Poconchile, Puquios, Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduana de Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, Aguada, Poroma, Sibaya, Huaviña, Mocha, Pachica, Tarapacá, Huara, Caleta Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura y Pozo Almonte, tendrá el__________________________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Parinacota, Chungará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilcaya, Huayatiri, Isluga, Chiapa, Chuzmiza, Cancosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna del Huasco, Retén Camiña, Ticnamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Caruquima, Sotoca, Jaiña, Camiña, Chapiquilta, Miñe-Miñe, Parca y Macaya y Retén Caritaya, tendrá el__________________________________________ 100% PROVINCIA DE ANTOFAGASTA______________________ 30% El personal que preste sus servicios en los departamentos de Taltal y Tocopilla y en las localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de Valdivia, José Francisco Vergara, Calama, Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el___________ 50% El personal que preste sus servicios en Chiu-Chiu, San Pedro de Atacama, Toconao, Estación San Pedro, Quillahue, Prosperidad, Rica Aventura, Empresa, Algorta, Mina Despreciada, Chacance, Miraje, Gatico, Baquedano, Pampa Unión, Sierra Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela, Altamira, Mineral, El Guanaco, Catalina, Sierra Overa, Mejillones, Flor de Chile y Retén Oficina Alemania, tendrá el_________________ 60% El personal que preste sus servicios en Ascotán, Socaire, Peine, Caspana, Ollagüe, Ujina (ex Collahuasi) y Río Grande, tendrá el___________________________ 100% PROVINCIA DE ATACAMA__________________________ 30% PROVINCIA DE COQUIMBO_________________________ 15% PROVINCIA DE VALPARAISO: El personal que preste sus servicios en la Isla de Juan Fernández, tendrá el___________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla de Pascua, tendrá el___________________ 100% PROVINCIA DE CONCEPCION_______________________ 10% PROVINCIA DE ARAUCO___________________________ 10% PROVINCIA DE CHILOE___________________________ 20% El personal que preste sus servicios en Chiloé Continental y Archipiélago de las Guaytecas, tendrá el________________________ 60% El personal que preste sus servicios en la Isla Guafo, Futalelfú y Palena, tendrá el__________________________________________ 100% PROVINCIA DE AYSEN____________________________ 60% El personal que preste sus servicios en Chile Chico, Baker, Río Ibáñez, La Colonia, Cisnes, Balmaceda, Lago Verde, Cochrane, Río Mayer, Ushuaia, Retenes "Coyaique Alto", y "Puesto Viejo", tendrá el___________________________________ 100% PROVINCIA DE MAGALLANES_______________________ 60% El personal que preste sus servicios en Isla Evangelista e Isla Navarino, tendrá el__________________________________________ 100% TERRITORIO ANTARTICO: El personal destacado en la Antártida, tendrá el___________________________________ 150%