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Artículo UNICO de la Ley 11.502 · Prorroga por el plazo que indica la vigencia del decreto con fuerza de ley n° 118.

Prorroga por el plazo que indica la vigencia del decreto con fuerza de ley n° 118.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26679 / 5969406.

Texto oficial

"Artículo único. Prorrógase por el plazo de un año, contado desde el 23 de Octubre de 1953, la vigencia del decreto con fuerza de ley N° 118, publicado en el "Diario Oficial" de 23 de Junio de 1953, que suspendió la aplicación de los derechos básicos de internación que gravan a las carnes congeladas o enfriadas, que se aforan por la Partida 184 del Arancel Aduanero".