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Artículo 1 de la Ley 11.524

Autoriza a la municipalidad de corral para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26697 / 8279497.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Corral para contratar directamente uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de un millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000), a un interés no superior al 10 % anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.