Saltar al contenido

Artículo 24 de la Ley 20.232 · Presupuestos del sector público para el año 2008

Presupuestos del sector público para el año 2008

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 267008 / 8655237.

Texto oficial

Artículo 24.- Con la excepción del financiamiento y los reembolsos previstos en la ley N°19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, considérase que vulnera gravemente el principio de probidad administrativa cualquier uso de los gastos incluidos en el artículo 1° de la presente ley en actividades de proselitismo o promoción de candidatos a cargos de elección popular, lo que será sancionado con la destitución del infractor, de conformidad al procedimiento y las normas generales que rijan al órgano en que se produjo la infracción.