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Artículo 3 de la Ley 11.535

Traspasa la cantidad que indica del item 10/01/01 sueldos fijos al item 10/01/04/v-1 varios e imprevistos dentro del presupuesto vigente del ministerio de defensa nacional, subsecretaria de marina, para los fines que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26704 / 5969500.

Texto oficial

Artículo 3.o Autorízase a los Directores Generales de Educación Primaria y Secundaria para girar en contra de la Tesorería Provincial de Santiago hasta la suma de seiscientos mil pesos ($ 600.000) para atender a los gastos de traslado, alimentación, incluso los causados por este concepto en buques de la Armada, Ferrocarriles, etc., y otros gastos derivados de la participación de escolares en la celebración del 75.o aniversario del Combate Naval de Iquique.