Texto oficial
Artículo 55.- El servicio de esta obligación será realizado semestralmente por la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública con sus recursos propios.
Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. s. n.° 2.106 de 15 de marzo del presente año:
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26714 / 7173711.