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Artículo UNICO de la Ley 11.604

Reemplaza la glosa que indica del item que señala del presupuesto del consejo superior de defensa nacional para 1954

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26720 / 5969617.

Texto oficial

"Artículo único. Reemplázase la glosa N.o 4 del ítem 09/01/08 del Presupuesto del Consejo Superior de Defensa Nacional de la Ley del Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, del corriente año 1954, "Cuota Aviación", por la siguiente: "4) Para construcción y mejoramiento de bases aéreas, pistas y aeródromos, construcción y reparación de edificios, hangares, pavimentación e iluminación de canchas de aterrizaje e instalaciones, adquisición de bienes raíces y servicios de ayuda a la navegación aérea, $ 96.000.000". Si los fondos a que se refiere esta ley no se invirtieren totalmente al final de cada año, no pasarán a rentas generales de la Nación, sino que a una Cuenta Especial hasta su total inversión".