Texto oficial
Artículo 6.o La modificación introducida al artículo 32 del Código Orgánico de Tribunales por la letra a) del artículo 26 de la presente ley, entrará en vigencia en la ciudad de Santiago cuando estén instalados los cuatro nuevos Juzgados Civiles de Menor Cuantía creados por la ley N.o 11,183, de 10 de Junio de 1953.