Texto oficial
Artículo 47° Suprímese en el artículo 440, la frase
"y llevando armas", y el número 4° final de dicha
disposición.
Fija disposiciones sobre los estados antisociales y establece las medidas de seguridad que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26729 / 9043847.