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Artículo 23 de la Ley 11.704 · Fija texto refundido de la ley de rentas municipales

Fija texto refundido de la ley de rentas municipales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26765 / 8853829.

Texto oficial

Artículo 23.o Las tarifas de los servicios de Asistencia Pública, cementerios, carrozas, serán reguladas, asimismo, por ordenanzas o reglamentos municipales, dentro de las escalas que fije el Presidente de la República.