Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 11.777

Autoriza a la i. municipalidad de hualqui para contratar directamente uno o mas prestamos hasta por la suma de $ 2.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26792 / 8279666.

Texto oficial

Artículo 4°.- Para atender el servicio del o los préstamos que se contraten se establece una contribución adicional de dos por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Hualqui, contribución que empezará a cobrarse desde la contratación del o los préstamos y que regirá hasta el pago total de los mismos.