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Artículo 1 de la Ley 11.788

Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar con el banco del estado de chile u otras instituciones de credito o bancarias un prestamo hasta por la suma de $ 4.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26803 / 8279706.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Pitrufquén para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de cuatro millones de pesos ($ 4.000.000), a un interés no superior al 10 % anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.