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Artículo 3 de la Ley 11.788

Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar con el banco del estado de chile u otras instituciones de credito o bancarias un prestamo hasta por la suma de $ 4.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26803 / 8279708.

Texto oficial

Artículo 3°.- La Municipalidad deberá invertir el producto del o los empréstitos en los siguientes fines: a) Para construcción de una población para empleados municipales__________ $ 1.600.000.- b) Ampliación del edificio municipal y Biblioteca Pública Municipal________ 1.000.000.- c) Compra o construcción de un carro para los servicios municipales______ 150.000.- d) Construcción de un horno crematorio_ 150.000.- e) Cierro y arreglo del Cementerio Municipal___________________________ 300.000.- f) Cierro y arreglo de Isla y Parque Municipal___________________________ 100.000.- g) Nuevas instalaciones y modernización del alumbrado público_______________ 400.000.- h) Construcción del Casino Municipal en terrenos del Estadio________________ 300.000.- ----------- TOTAL_______________________________ $ 4.000.000.- ===========