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Artículo 7 del Decreto 189

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268137 / 7360993.

Texto oficial

Artículo 7º. Todo proyecto de Relleno Sanitario debe prever determinantemente las medidas necesarias a fin de garantizar que el servicio de disposición final no se interrumpa o descontinúe, a menos que así lo disponga la Autoridad Sanitaria.