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Artículo 21 del Decreto 189

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268137 / 7361009.

Texto oficial

Artículo 21. Se deberá demostrar técnicamente que el diseño del sistema de impermeabilización mantendrá su integridad frente a las solicitaciones a las que se verá sometido durante las etapas de habilitación, operación y cierre del Relleno Sanitario. Así mismo se deberá demostrar que el sistema de impermeabilización diseñado no afectará los requerimientos de estabilidad del Relleno Sanitario. Se debe diseñar un Plan de Construcción del Sistema de Impermeabilización, en el que se detallen todos los procedimientos que se deberán seguir de forma de asegurar la calidad adecuada de los materiales a utilizar, tales como la arcilla y membranas plásticas o sintéticas y que la construcción de las distintas capas de impermeabilización cumplen con los coeficientes de permeabilidad considerados en el proyecto, así como también que las uniones de las membranas plásticas sean estancas a los líquidos lixiviados y no presenten perforaciones que permitan la migración de éstos.