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Artículo 61 del Decreto 189

Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268137 / 7361054.

Texto oficial

Artículo 61. El presente reglamento entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial, fecha en la que se entenderán derogadas la resolución Nº 2.444 de 1980, la resolución Nº 7.539 de 1976 y la resolución Nº 2.476 de 1977, del Ministerio de Salud, así como todas las normas de carácter sanitario que sean contrarias o incompatibles con él.