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Artículo UNICO de la Ley 11.428 · Prorroga por gracia y en forma vitalicia la pension de doña lily bragg vda. de espinosa

Prorroga por gracia y en forma vitalicia la pension de doña lily bragg vda. de espinosa

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 268331 · idParte: 7361501

Texto oficial

Artículo único. Prorrógase, por gracia, y en forma vitalicia, elevada a dos mil pesos mensuales, la pensión de gracia que actualmente percibe doña Lily Bragga viuda de Espinosa, y que le fue otorgada por ley N.o 8,679, de 7 de Diciembre de 1945. El mayor gasto que importe esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.