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Artículo UNICO de la Ley 11.448 · Concede pension, por gracia, a doña aida rojas mendez

Concede pension, por gracia, a doña aida rojas mendez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268351 / 8434074.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Aída Rojas Méndez, hija del ex aspirante primero del Cuerpo de Vistas de los Servicios de Aduanas don Basilio Rojas Guzmán, una pensión de un mil pesos mensuales. El gasto que signifique la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el 'Diario Oficial'.