Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 11.455 · Concede pension, por gracia, a don jose del c. sandoval muñoz

Concede pension, por gracia, a don jose del c. sandoval muñoz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268358 / 7361594.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don José del C. Sandoval Muñoz, una pensión de mil quinientos pesos ($ 1.500) mensuales. El gasto que importe esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.