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Artículo UNICO de la Ley 11.456 · Concede pension, por gracia, a doña adriana fernandez cifuentes vda. de candia

Concede pension, por gracia, a doña adriana fernandez cifuentes vda. de candia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268359 / 7361597.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Adriana Fernández Cifuentes viuda de Candia, una pensión de dos mil pesos ($ 2.000) mensuales. El gasto que importe el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.