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Artículo UNICO de la Ley 11.408 · Concede pension, por gracia, a don daniel contreras galaz

Concede pension, por gracia, a don daniel contreras galaz

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268361 / 8434080.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Daniel Contreras Galaz, lanchero en el lugar denominado 'Lancha Los Boldos', del río Cholchol, una pensión de tres mil pesos ($ 3.000), mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.